Aprueban Formato de Recibo Que Telmex Deberá Entregar a Clientes

México, 19 Mar (Notimex).- El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) aprobó el nuevo formato del recibo telefónico que deberá entregar Teléfonos de México (Telmex) y Telnor a sus clientes, en su carácter de Agente Económico Preponderante (AEP).

De esta forma, la empresa deberá informar a todos sus suscriptores, mediante aviso en su factura impresa o electrónica el monto que el usuario tendría que pagar en caso que éste decidiera concluir, al momento de la facturación, su relación contractual, derivado de la venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones.

Señala que la venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones no podrá constituirse en una causa por la cual el suscriptor no pueda cancelar los servicios de telecomunicaciones contratados.

De acuerdo con la medida Cuadragésima Octava de las Medidas de Preponderancia impuestas por el Ifetel, la telefónica deberá desglosar los conceptos cobrados o facturados al suscriptor.

Ello, "distinguiendo los conceptos asociados a servicios de telecomunicaciones prestados por dicho agente, de cualquier otro bien o servicio que no sea de telecomunicaciones o cualquier servicio prestado por otra empresa contratado por el suscriptor y facturado por el Agente Económico Preponderante".

Así, el formato de la factura deberá permitir el pago independiente de los servicios de telecomunicaciones provistos por el AEP y cualquier otro bien o servicios incluidos en la factura.

De esta forma y pese a que existan adeudos asociados a bienes o servicios que no sean de telecomunicaciones o cualquier otro prestado por otra empresa y facturado por el Telmex, éste no podrá interrumpir la prestación de los servicios, siempre que el suscriptor se encuentre al corriente en sus pagos.

A partir de la facturación correspondiente al mes de abril, el formato de factura de Telmex y Telnor contendrá un aviso en el que se señala el monto que el usuario tendría que pagar en caso que éste decidiera terminar, al momento de la facturación, su relación contractual, derivado de la venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones.

Además, deberá distinguir de manera clara los conceptos asociados a servicios de telecomunicaciones prestados, de cualquier otro bien o servicio que no sea de telecomunicaciones o cualquier servicio prestado por otra empresa contratado por el suscriptor y facturado por estas empresas.

El Ifetel también determinó que la empresa deberá permitir el pago...

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