La política de cooperación internacional en materia penal.
Relaciones Internacionales › Nbr. 2002, May 2002
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La política de cooperación internacional en materia penal.
Resumen
Los problemas que genera la criminalidad han obligado a conjuntar las acciones de los Estados, organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales y académicos, para impulsar las acciones en defensa del orden jurídico y la defensa de los derechos de los individuos, partiendo de la consideración de que la cooperación internacional en materia penal es un proyecto que requiere del esfuerzo de la sociedad en su conjunto y no sólo de algunos niveles de los gobiernos y que hace necesario adecuar las estructuras orgánicas, el personal que tiene a su cargo estas tareas, los mecanismos y los instrumentos de combate al delito, pero en especial, la actitud general ante las prácticas criminales, ya que el apoyo de las grandes masas en la vigilancia, denuncia, no colaboración o participación en las actividades ilícitas, abstención y persecución de los responsables, son el principal supuesto del éxito. Abstract The problems resulting from crime have required the joint action of States, international organizations, non-governmental organizations and academics, so as to promote the defense of the legal order and the defense of individual rights, based on the assumption that international cooperation on criminal matters is a project that requires the efforts of society as a whole and not only at some government levels and requires the adaptation of organic structures. The main requirements for success, are the personnel in charge of these tasks, the mechanisms and instruments for fighting crimes, but first and foremost, the general attitude towards criminality. ********** Al estudiar la política de cooperación internacional en materia penal partiremos de la definición de González Ortiz, que define a la política pública como "las normas y programas gubernamentales, esto es, las decisiones que surgen como resultado del sistema político" (1) y le añadiremos el criterio de Frohock (2) que señala que una política pública es una práctica social y no un evento singular o aislado ocasionado por la necesidad de reconciliar demandas conflictivas o establecer incentivos de acción colectiva entre aquellos que comparten metas, pero encuentran irracional cooperar con otros y dentro de este contexto, procederemos en primer lugar a identificar lo que es y debiera ser la cooperación penal internacional, y posteriormente plantearemos los criterios que a nuestro juicio deben dictarse como políticas para llevar a efecto. La cooperación en materia penal Para identificar el problema partiremos del hecho de que la cooperación presupone la acción conjunta de dos o más personas para el logro de un objetivo común, o el auxilio que mutua o unilateralmente se prestan para tal fin, por lo que dentro de este criterio la cooperación internacional requiere de la participación de dos o más Estados o de uno o más Estados y uno o más organismos internacionales, lo que implica la existencia de un acuerdo entre las partes. Debe dejarse bien sentado que lo que cuenta como cooperación internacional son las manifestaciones concretas de la voluntad de hacer honor a un compromiso, por medio de las cuales racionalizan las actividades, se simplifican los arreglos y procedimientos, se facilita la planeación general y la coordinación de los diversos programas para la prevención y combate de las conductas ilícitas. La cooperación internacional en el campo del derecho penal puede darse en el área política, económica, cultural, técnica, informática, educativa, judicial, financiera (como donación o crédito), policiaco militar o mediante el suministro de equipos, transportes o personal especializado. Puede comprender desde un examen de métodos, de formulación de planes, de la estrategia de su ejecución y organización, el análisis de la correlación reciproca de planes y políticas internacionales en materia de combate a la delincuencia, a la evaluación de sus resultados y la propuesta de las adecuaciones necesarias para mejorarlos. La sociedad internacional ha aceptado que la cooperación internacional en todos sus aspectos ocupa en la actualidad un papel central en las relaciones internacionales y en especial en los aspectos de seguridad y preservación del orden jurídico y el combate a la delincuencia. El explosivo crecimiento económico y tecnológico mundial con sus agudas disparidades, aunado a las perturbaciones políticas y sociales de diversas áreas del mundo, dentro de otras las del mundo socialista y la descomposición de los valores, han generado un campo fértil para que por una parte la violación de los derechos humanos se use una vez más como elemento de control político y por la otra el submundo de la delincuencia se desarrolle no sólo al parejo de los procesos económicos, sino que lo haga muy por encima de ellos, no sólo en el aspecto cuantitativo, sino en el cualitativo, creando cada día figuras y métodos nuevos para delinquir, saliéndose del ámbito espacial de cada uno de los Estados, expandiéndose a terceros Estados c...See the full content of this document
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