Pensionados Podrán Ya Consultar Saldo en Infonavit

* Con ello arranca última etapa de devolución de Subcuenta de Vivienda

México, 1 Ago. (Notimex).- A partir de este miércoles 1 de agosto, los pensionados que nunca reclamaron al Infonavit la devolución de la Subcuenta de Vivienda 97 o que tuvieron un fallo en contra, podrán consultar si tienen saldo o no, cuánto es y cómo cobrarlo.

El organismo de vivienda informó que las personas podrán hacer la consulta en su sitio de Internet (www.infonavit.org.mx) o vía Infonatel (9171-5050 o 01 800-008-3900), para lo cual sólo requieren tener a la mano su Número de Seguridad Social (NSS).

Los pensionados deberán ingresar vía Internet a la sección "Devolución del saldo de la subcuenta de vivienda", elegir Grupo 4, acceder al servicio de elegibilidad: "Quiero saber si me aplica entrega de la subcuenta de la vivienda" y teclear su NSS.

Así, el trabajador sabrá si aplica o no la devolución; si habrá rembolso automático y en su caso el mes en el que se realizará el depósito (saldo a entregar por hasta 10 mil pesos).

De igual manera, si aplica una devolución vía solicitud y el mes en el que deberán llenarla por Internet o telefónicamente (para saldos mayores a 10 mil pesos).

A través de un comunicado, el organismo que dirige Víctor Manuel Borrás Setién reitera que todos los trámites del Infonavit, incluida la devolución de la Subcuenta de Vivienda 97, son gratuitos y no es necesario pagar por asesoría legal.

Conforme a las disposiciones publicadas en julio pasado para la entrega de estos recursos, se estableció un calendario de pagos conforme a la terminación del NSS, así como de citas y solicitudes, a fin de llevar a cabo un proceso ordenado.

Ante ello, el Infonavit recomienda a los interesados no acudir al Centro de Atención a Pensionados sin cita; tener presente que el NSS es indispensable para realizar el trámite; tomar en cuenta las fechas en que la solicitud será atendida para evitar retrasos y molestias; hacer la solicitud en el mes que le corresponda para evitar retrasos.

En caso de fallecimiento del titular, podrán continuar...

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