Reflexion y juicio *.

DianoiaVol. 51 Nbr. 57, November 2006

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Reflexion y juicio *.

Resumen: El presente trabajo ofrece una reconstrucción de la concepción kantiana de los procesos de mediación reflexiva que subyacen en los juicios objetivos, tal como dicha concepción aparece en la sección titulada "De la anfibología de los conceptos de reflexión" de la Crítica de la razón pura. La tesis kantiana de la necesidad de mediación reflexiva como sustento de todo juicio objetivo se interpreta como tesis referida al proceso de la formación activa originaria del juicio, y no a los diversos modos de asunción pasiva que no traen consigo una (re)ejecución expresa del correspondiente enlace judicativo. El aporte específico de la que Kant denomina la reflexión trascendental consiste, según la interpretación sugerida, fundamentalmente en una incorporación de la sensibilidad al proceso de comparación de representaciones.

Palabras clave: Kant, anfibología, reflexión lógica, reflexión trascendental

Abstract: This paper gives a reconstruction of Kant's view in the "Amphiboly of Concepts of Reflexion" of his Critique of Pure Reason on the role of reflexive process underlying objective judgments. Kant's thesis that objective judgments always presuppose reflexive mediation at their basis is taken to refer only to the process of original active production of judgment, and not to the different possible ways of passive assumption without active re-execution. The specific contribution of the so-called "transcendental reflexion" can be described in terms of inclusion of sensibility in the process of comparison of representations.

Key words: Kant, amphiboly, logical reflexion, transcendental reflexion

1. Introducción

Una de las tendencias más características y, a mi modo de ver, más prometedoras de la actual investigación kantiana viene dada por el creciente reconocimiento de la gran importancia sistemática que posee en el pensamiento de Kant la amplia y difícil temática vinculada con las funciones de la facultad del juicio (Urteilskraft). Durante mucho tiempo, y salvo excepciones, la actitud más difundida en la investigación especializada consistió --al menos, a juzgar por los hechos-- en asumir que la discusión de la temática relativa a las diferentes funciones de la facultad del juicio podía quedar relegada, en lo fundamental, al marco acotado de la tercera Crítica. En particular, la función de la que Kant denomina, en KU, la facultad del juicio reflexivo o reflexionante (reflektierende Urteilskraft) pareció poder tratarse como un problema circunscrito a los casos específicos del juicio puro de gusto y el juicio teleológico. Y se asumió, por lo demás, que tales casos ocuparían una posición más bien marginal y carente de ulterior proyección dentro de la economía del sistema crítico kantiano. Como ha mostrado una notable investigación reciente, que provee --hasta donde sé-- la mejor y más penetrante reconstrucción de conjunto de la concepción kantiana de la facultad del juicio existente hasta el presente, tal suposición, incluso para el caso especial del juicio puro de gusto, deriva, en rigor, de una profunda incomprensión del genuino alcance y, con ello, también de la gran importancia sistemática que posee la concepción elaborada por Kant en la primera parte de la tercera Crítica. En efecto, contra lo que pretende la línea de interpretación todavía hoy más difundida, de carácter netamente estetizante, una lectura que realmente haga justicia al marco sistemático en el que la concepción de KU queda inserta desde un comienzo permite mostrar que, en su orientación básica y sus objetivos fundamentales, dicha concepción poco y nada tiene que ver, en rigor, con lo que sería una estética filosófica, en el sentido habitual del término (véase Wieland 2001).

Ahora bien, es cierto que, en el marco de la obra publicada en el periodo crítico, la distinción básica entre una función determinante (bestimmend) y una función reflexiva de la facultad del juicio no se formula de modo expreso, ni se tematiza en su alcance y sus consecuencias, antes de KU. Sin embargo, es también un hecho que tanto en KrV como en KpV la función determinante de la facultad del juicio es considerada como un factor clave para dar cuenta de los procesos en virtud de los cuales tiene lugar la aplicación de los principios intelectuales puros a lo que cae bajo ellos, en calidad de caso concreto para una ley dada (cfr. KrV A 132/B 176: casus datae legis). Así, lo que en KrV se denomina el "esquematismo de los conceptos puros del entendimiento" (cfr. A 137/B 176-A 147/B 187) es el procedimiento por medio del cual se lleva a cabo, a través de la intervención de la facultad del juicio en su función determinante, la determinación trascendental de la forma pura de la intuición, en particular, del tiempo, por medio de las categorías. A esto corresponde, en el caso de la KpV, lo que Kant denomina la "típica de la facultad del juicio puro práctico". En virtud de ella tiene lugar la subsunción de las posibles acciones particulares, a través de las correspo...

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