Acerca de "PGR-INE: ilegal convenio para fiscalizar a los mexicanos"

Del coordinador nacional de Comunicación Social del INE

Señor director:

Sin embargo, no hay elementos para afirmar que se vayan a "compartir bases de datos" de manera ilegal, dado que el procedimiento consiste en identificar las huellas dactilares en la base de datos del Padrón Electoral y después realizar los procedimientos jurídicos necesarios para compartir ese registro en específico.

En el marco de la entrevista que brindó el Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores, Rene Miranda para la realización de la nota, se hizo énfasis en que la información no se está entregando a ninguna otra instancia, ya que el trabajo se hace a través de protocolos en los que solamente el personal del INE confronta las huellas entregadas por Conatrib, contra la base de datos del Padrón.

Sólo en caso de encontrar coincidencia en la información biométrica se daría continuidad a las actividades de verificación del registro correspondiente entre ambas instituciones, para lo cual se deberá contar con el mandato jurisdiccional correspondiente.

Con este procedimiento también será posible para el INE la depuración del Padrón Electoral, ya que una vez que se conoce a quién pertenecen las huellas dactilares, es posible aplicar la baja por defunción con el acta emitida por los Registros Civiles, tal como lo señala la Ley.

Agradezco la atención prestada y solicito que la presente sea publicada en su medio.

Sin más por el momento me despido con un cordial saludo.

Atentamente:

Rubén Áluarez Mendiola

Coordinador nacional de Comunicación Social (INE)

Respuesta de la reportera

Señor director:

En el convenio entre el Instituto Nacional Electoral, la Procuraduría General de la República, las procuradurías y fiscalías de las entidades federativas, la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia (Conatrib) y los Institutos de Servicios Médicos Forenses, del cual Proceso tiene una copia, repetidamente se habla de "compartir" las bases de datos del Sistema de Identificación Automática de Huellas Dactilares (AFIS) y el Sistema Automatizado de Identificación Biométrica (ABIS) de los mexicanos, mas nunca señala a través de qué mecanismos.

De acuerdo con el Artículo 126 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPP) -mencionado en la publicación-, la información que la ciudadanía aporta al registro es confidencial y sólo puede ser consultada por mandamiento judicial o en cumplimiento de las obligaciones que la ley da al INE.

Por lo...

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