Alejandro Murat: sorpresa tras sorpresa

AutorErnesto Villanueva

No puedo, empero, dejar de escribir cada vez que surge algo de interés público que, por la magnitud de la información, no había analizado. En esta oportunidad me quiero enfocar en dos aspectos sobre Murat en el Infonavit: a) compras genéricas como si de un crédito se tratara, lo que viola la normati-vidad en la materia. Por regla general, las adquisiciones públicas deben tener un objeto detallado susceptible de ser verificado; y b) convenios con medios de comunicación siguiendo el mismo sistema anterior. Esto, no sobra decir, sólo fue posible por la intervención de Virgilio Andrade, secretario de la Función Pública como facilitador y encubridor de estos actos notoriamente fuera de la ley. Y este esquema lo fue dividiendo durante los casi tres años que estuvo al frente del Infonavit.

Vamos a los datos duros. De entrada, llama la atención que a la empresa

Aeroméxico (Aerovías de México S.A. de C.V.) le haya asignado dos contratos, el 4600028178 y el 4600028643, por la cantidad de ¡65 millones de pesos!, por concepto de "viajes". ¿Cuántos? ¿Quiénes viajaron? ¿Cuál fue el precio pagado por viaje? En tiempos de austeridad, según el presupuesto de Egresos de la Federación, ¿por qué se pagó por adelantado a Aeroméxico? ¿Por qué no se vieron otras opciones de transporte aéreo menos onerosas para el erario? Lo menos que puede uno decir es que aquí hay gato encerrado. Es probable que ese dinero se haya "adelantado" a la empresa aérea para que prestara sus servicios en otros momentos y para fines ajenos al Infonavit. ¿Sería una locura pensar que en realidad se trató de un crédito para ser usado en un proceso electoral donde tuviera interés Alejandro Murat?

Así también llama la atención el contrato 4600027180 a una empresa de call center o servicios de operadoras telefónicas por la cantidad de ¡95 millones de pesos! ¿No tiene personal el Infonavit para el desempeño de esas funciones? ¿Qué hace entonces la Subdirección General de Canales de Servicio, que tiene varias áreas para cumplir con las funciones de contacto entre la sociedad y el Infonavit previstas en el artículo 20 del Estatuto Orgánico del propio instituto? Si no cumple con sus tareas esa Subdirección General, ¿por qué no se ha procedido a fincar las responsabilidades legales que corresponden? ¿No podría existir la posibilidad de que a esa empresa de call center se le haya asignado un "crédito" para ser usado en un proceso electoral ajeno por su naturaleza al Infonavit y violatorio de varias...

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