Analizan En Senado oríGenes Del Constitucionalismo Moderno

México, 13 Abr (Notimex).- Senadores, investigadores y académicos expusieron en el seminario "La Constitución, análisis rumbo al centenario", las bases que dieron origen a los preceptos fundamentales de la Carta Magna en materia de garantías individuales, división de Poderes y soberanía a los estados.

Durante el panel "Orígenes del constitucionalismo de 1917", el vicepresidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Arturo Zamora Jiménez, manifestó que el origen de la Constitución es un referente de los antecedentes históricos, políticos, sociales e ideológicos que influyeron en la conformación del documento.

El senador destacó que el texto constitucional es resultado de diversos documentos que dieron como resultado la incorporación de derechos fundamentales y sociales, así como la dinámica en el contexto de la revolución industrial.

Del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el investigador José Luis Soberanes refirió que los "Sentimientos de la Nación" son la piedra fundamental del constitucionalismo moderno mexicano, toda vez que en éste se integraron los antecedentes de lo que hoy se establece como derechos humanos.

El especialista de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) recordó que los nueve Congresos constituyentes, previo a la integración de la Constitución de 1917, sentaron las bases de la actual Carta Magna.

A su vez, José Barragán Barragán, también investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, consideró que las reformas estructurales introducidas en el texto constitucional, crean confusión, incluso se pueden observar contradicciones y facultades que no debe tener.

Por ello, resaltó la necesidad de contar con un grupo revisor de estilo de la Constitución para darle "armonía y evitar que sea una serie de enunciados contradictorios y reglamentaciones reiterativas". Incluso, dijo, en el marco de la celebración "podemos darnos una nueva Constitución".

La directora del Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, Patricia Galeana, señaló que la diferencia fundamental entre las Constituciones de 1857 y 1917 es el establecimiento del sistema bicameral, la preeminencia...

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