La anulación, posible

AutorJohn M. Ackerman

La presente obra sostiene que la democracia mexicana requiere una radical transformación en la manera en que las autoridades electorales entienden su función e interpretan el derecho electoral. La indolencia, pasividad y tolerancia por parte del Instituto Federal Electoral (IFE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) hacia las irregularidades cometidas por los actores políticos, económicos y sociales, es indefendible. Estas instituciones tienen la obligación constitucional de hacer todo lo legalmente posible para garantizar que las elecciones sean verdaderamente "auténticas" y "libres".

Es urgente corregir la situación de simulación institucional, impunidad e ilegalidad que prevalece en materia electoral. Un paso importante en este camino sería el establecimiento de una acción mucho más enérgica por parte del TEPJF a la hora de evaluar la validez de una elección popular. El propósito central del presente libro es precisamente avanzar en esta tarea a partir de un replanteamiento integral de la doctrina académica y la práctica jurisdiccional en materia de nulidades electorales.

Esta obra sostiene que en lugar de hacer todo lo posible por "proteger" la validez de los comicios, los magistrados electorales deberían colocar el principio constitucional de la "autenticidad" electoral en el centro de sus deliberaciones. Argumentamos que la defensa a ultranza del principio de la "conservación de los actos jurídicos públicos válidamente celebrados" y la equívoca comparación de la nulidad de una elección con la aplicación de la pena de muerte en materia penal, han llevado al TEPJF al extremo de validar elecciones aun cuando se haya acreditado plenamente la comisión de graves irregularidades durante el proceso electoral.

La impunidad además tiene la peligrosa consecuencia de generar aún mayores irregularidades para futuras elecciones, creando un círculo vicioso que aleje cada vez más la esfera política-electoral del Estado de derecho. Durante la "época de oro" del TEPJF, entre 2000 y 2005, los magistrados electorales se atrevieron a dar el importante paso de anular los procesos electorales que no se apegaban a los principios constitucionales aun cuando no se hubiera violado una causal de nulidad específicamente incluida en las leyes secundarias. Este criterio finalmente fue plasmado en la histórica tesis de jurisprudencia sobre la "causal abstracta de nulidad".

De forma desafortunada, a partir de la calificación de la...

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