Armas dentro de su casa: peligro latente y constante

La intención de "proteger" a su familia con una arma de fuego en el hogar podría resultar contraproducente si no existe la debida conciencia y la responsabilidad que esto conlleva.

Aunque por derecho constitucional cualquier ciudadano puede poseer una pistola en su casa -a fin de salvaguardar la integridad física de sus parientes y resguardar su patrimonio-, un especialista en el tema opina que lo más recomendable es evitar tener dicho instrumento.

El artículo 10 de la Carta Magna estipula tal derecho, sin embargo, para poder adquirir legalmente una pistola se tienen que cumplir ciertos requisitos y el Ejército se encarga de vigilar que éstos se cumplan.

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) sólo permite la posesión de una arma corta por domicilio y el calibre no debe ser mayor al .380.

También, permite tener hasta nueve armas largas con características deportivas, es decir, sólo si el dueño pertenece a alguna asociación de caza, tiro, o práctica que justifique tal adquisición; todas deberán estar debidamente registradas ante la Sedena.

"Aunque la ley, la Secretaría de la Defensa Nacional permita pues el uso de armas de fuego dentro del hogar, aunque estén restringidas a ciertos calibres o a ciertas dimensiones de impacto pues, es importante mencionarle a la gente que es mejor (vivir) sin armas", opinó Luis Rodríguez Peña, jefe del Sistema de Protección Civil del DIF Jalisco.

"Un hogar cien por ciento seguro es mejor sin armas (...), por más que las tengas tú bajo llave, guardadas, o que mi familia no sabe dónde están, o cosas por el estilo, o que tú las tengas para cuidarte, qué sé yo, siempre, siempre un arma de fuego dentro del hogar será un riesgo, será un peligro", sostuvo.

Rodríguez Peña argumentó que el peligro radica en el descuido que el propietario de la...

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