Atrae Corte Amparos sobre Acoso Laboral y Feminicidio

México, 4 Sep. (Notimex).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejercerá su facultad de atracción para resolver sendos amparos que permitirán establecer criterios sobre el mobbing o acoso laboral y las medidas que se deben adoptar para investigar las denuncias de feminicidio y violencia de género.

Uno de ellos está relacionado con un amparo directo promovido por una trabajadora de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Toluca, estado de México, quien denunció el acoso laboral -o mobbing, como se le conoce en el derecho internacional-, la discriminación y marginación en su centro de trabajo.

La promovente demandó, de la parte patronal, el pago de una indemnización como compensación por la reparación del daño físico y psicológico ocasionado, y el resarcimiento del perjuicio causado a consecuencia del acoso y discriminación laboral, ya que le dieron un bono de menor cantidad que a sus compañeros hombres.

El interés y trascendencia del caso se debe a que, sin prejuzgar el fondo del asunto, la Primera Sala podrá estudiar las posibles violaciones a los Artículos y de la Constitución Federal.

En estos artículos se consagran los derechos a la libertad de trabajo, la igualdad, la no discriminación y dignidad de la persona, que también están tutelados por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

De acuerdo con lo señalado por el ministro José Ramón Cossío, quien promovió la atracción, al resolver el caso se podrá determinar si es o no aplicable en el orden jurídico nacional este concepto de mobbing o acoso laboral.

Internamente no está expresamente regulado, aunque es común en el derecho internacional, dijo.

Ante la demanda del pago de una indemnización por concepto de daño moral, derivado de la existencia de mobbing o acoso laboral, debe determinarse si requiere un tratamiento procesal distinto del que rige en aquellos juicios en que las pretensiones tienen su origen en la responsabilidad civil por "daño moral genérico".

Esto es, resolver si las cargas procesales y probatorias operan de manera diferente, abundó.

En forma adicional, debe resolverse si es procedente la suplencia de la queja sobre la base de que se trata de una relación laboral de patrón y trabajador, o si por virtud de que se demanda en una vía civil, las partes se encuentran en un plano de igualdad, expuso.

De manera paralela, la Primera Sala de la SCJN resolvió también atraer un amparo en revisión que permitirá estudiar, si es el...

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