Los avatares de una becaria del Conacyt

AutorNiza Rivera

Flores Alcántara obtuvo la beca 222925 a través del Conacyt, consistente en 13 mil 147 pesos mensuales desde el 1 de febrero de 2014 al 31 de julio de 2017; sin embargo, en los primeros días de abril de ese año advirtió que no se le había depositado su dinero, aunque el Conacyt alegó que le informaron de la cancelación de la beca desde el 7 de marzo.

El motivo fue "una denuncia en la que se señaló que realizó actividades profesionales durante la vigencia de la beca.." y por tanto "infringió la normatividad vigente para los programas del área de becas de este Consejo", según se lee en el juicio de amparo 608/2017 promovido por Flores Alcántara ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de Conacyt, donde la doctorante alegó no haber sido informada de la baja.

El consejo se basó en sus artículos 25 y 26 del Reglamento de Becas como causal de cancelación, en donde se indicó que la becaria incumplió con el compromiso de dedicación exclusiva. Incluso en los inicios del amparo, el Conacyt, a través de sus redes sociales, dio a conocer a su alumnado y académicos que:

"Con fecha 3 de marzo se recibió en la Subdirección de seguimiento a becas nacionales la denuncia sobre el incumplimiento de la dedicación exclusiva en la que incurrió la C. Ivonne Carolina Flores Alcántara. Como parte del procedimiento habitual y ante la evidencia presentada de una demanda que contiene firma de la becaria, se procedió a realizar la suspensión por faltas al Reglamento."

Ello surgió, según explica Flores, de una carta del analista político Alfredo Jalife a través de su abogado Eiber Abraham Torres Guaida, con fecha 26 de noviembre de 2016, dirigida a la entonces directora adjunta de Posgrados y Becas, María Dolores Sánchez Soler; ahí aduciendo el artículo 25 como causa para cancelar la beca, explicó que Flores Alcántara ejerció como abogada diversas demandas civiles siendo becaria del Conacyt, y que fue ella quien también lo demandó con la intención de hacer pagar "supuestos honorarios fal-tantes".

Consultado por Proceso, Conacyt informó escuetamente que la versión pública del caso se podía consultar en el portal del Consejo de la Judicatura Federal, "tanto sentencia constitucional como de la ejecutoria de amparo dictadas dentro del juicio de referencia."

Sobre el tema, la doctorante comentó:

No entiendo por qué el Conacyt se presta a este tipo de cosas...

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