Ayuda omisión a ebrio

GUADALAJARA.- Cada minuto de tardanza en practicarle la prueba de alcoholemia le hizo el paro al conductor del "vocho" en el que murieron siete personas, en el canal de Las Pintas de Tlajomulco.

El agente del Ministerio Público que ordenó la prueba de alcoholemia a Joaquín Quiñones González omitió solicitarla de carácter retrospectivo, de acuerdo con el dictamen IJCF/01238/2015/12CE/LT/18, según fuentes de la Fiscalía.

Con esto, el resultado de la muestra de sangre no reflejó el estado de embriaguez real que tenía el automovilista al momento en que ocurrió el accidente, cerca de las 3:15 horas, el domingo pasado.

El examen de alcoholimetría se practicó hasta después de las 5:00 horas y dio un resultado de 145 miligramos de alcohol por cada 100 mililitros de sangre, según se asentó en la averiguación previa 1740/2015.

Esta medición favoreció a Quiñones González, quien puede solicitar la libertad bajo fianza, pues el Código Penal sólo contempla la agravante de ebriedad a partir de 150 miligramos, además que no incurrió en ninguna otra falta como el exceso de velocidad.

Incluso, si los familiares de las víctimas -entre ellos su hermana, cuñado y dos sobrinos- le otorgan el perdón legal, el implicado quedaría en libertad, pese a que admitió que había tomado 12 cervezas en una reunión familiar.

Según peritos del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF), el cálculo retrospectivo puede ser utilizado en la investigación penal y queda a criterio del juez su validez, pero sólo se hace a petición del Ministerio Público.

La retrospección se deduce empleando la fórmula de Widmark, con base en que el organismo humano metabolizada entre 10 y 20 miligramos de alcohol por hora, dependiendo de las condiciones físicas del individuo.

Por su parte...

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