La biblioteca nacional digital: Una utopía mexicana (segunda y última parte)

AutorJorge Sánchez Cordero

En el curso del litigio de acción colectiva promovido por el Authors Guild (gremio de autores) y la Association of American Publishers (la asociación estadunidense de impresores) en contra de Google Books en el Juzgado Sur de Distrito de Nueva York (U.S. District Court, Southern District of New York No. 05-08136), el juez conminó a las partes a suscribir un convenio de transacción que finiquitara la controversia.

En la más legítima de las defensas nacionales, Alemania y Francia comparecieron ante esa jurisdicción como amicus curiae para solicitar que se rechazara el convenio en ciernes; su énfasis fue categórico: de ninguna manera ese convenio debía serle aplicado a sus conciudadanos.

El gran ausente en este debate fue el mundo hispanoparlante y, con él –no nos podemos llamar a sorpresa–, el gobierno de México. Las posiciones franco-alemanas fueron convergentes. A favor de su causa, ambos Estados alegaron la trascendencia de una cantidad inimaginable de sus autores nacionales que han marcado en forma relevante el rumbo del pensamiento y de la literatura universales en el transcurso de la historia. Mientras que Francia realzaba la importancia del legado universal, Alemania manifestaba su irritación por la transgresión a la intimidad que el convenio posibilitaría a Google Books.

Pero lo que se presentaba como inaceptable para ambos Estados era que un convenio privado en una jurisdicción extranjera que se concertaba à huis clos tuviera como resultado la creación de un monopolio autocrático de facto. Conforme al convenio, Google Books controlaría el acceso a la información cultural, lo que conllevaría graves repercusiones universales en la difusión del conocimiento y el desarrollo de la ciencia. En un desplante de opacidad, el convenio preveía que, después de signado, ¡se destruyeran todos los documentos de relevancia inherentes al mismo!

El 22 de marzo de 2011 el juez Denny Chin rechazó el convenio, y el 14 de noviembre de 2013, irónicamente el mismo juez pero ahora como magistrado de la Corte de Apelaciones del Circuito de Nueva York, con sede en Mannhatan, desestimó el caso bajo el argumento de que Google Books hacía uso debido (fair use) de la información referida. La controversia aún subsiste; escanear los libros a partir de ahora es totalmente lícito, con lo que se hace uso debido de esta información. Pero… ¿mercadearlos? Queda ahora el recurso ante la Suprema Corte de Justicia estadunidense que, de atraer el caso, deberá resolver un...

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