Caso Caro Quintero Inacción cómplice de la PGR

La madrugada del viernes 9, cuando Rafael Caro Quintero caminaba hacia la puerta de salida del penal de máxima seguridad de Puente Grande, Jalisco, prevalecía en el ambiente una sospecha, ahora confirmada: que el gobierno de Enrique Peña Nieto, por medio de la Procuraduría General de la República (PGR), había sido clave en la liberación del narcotraficante.

Este semanario tuvo acceso a expedientes de distintos tribunales y juzgados, así como a las 2 mil 556 fojas de la sentencia del amparo concedido a Caro Quintero que anuló su condena de 40 años de prisión. En conjunto, los documentos no sólo evidencian la actuación del gobierno de Peña Nieto en el proceso de liberación del capo, sino también el ocultamiento al gobierno estadunidense de información que pu-do haber impedido su salida de la cárcel.

La orden del Segundo Tribunal Unitario del Tercer Circuito de ponerlo en libertad antes de cumplir su condena por el secuestro y ejecución del agente de la DEA Enrique Camarena y del piloto mexicano Alfredo Zavala -que ha tensado la relación bilateral entre México y Estados Unidos- fue una sorpresa para todos... excepto para la PGR y para el capo...

Los antecedentes

El 16 de mayo de 2011 la PGR fue notificada del amparo directo promovido por la defensa de Caro Quintero, de acuerdo con los registros oficiales del Primer Tribunal Colegiado. No obstante, durante más de dos años -el último del sexenio de Calderón y los primeros meses del de Peña Nieto, la procuraduría no presentó ningún alegato para defender la sentencia contra el capo, según demuestran documentos oficiales y la sentencia del amparo, cuyas copias tiene Proceso.

Además, desde el jueves 1, una semana antes de que el Segundo Tribunal Unitario ordenara la liberación del narcotrafi-cante, la PGR supo que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito concedió el amparo directo al capo para anular la sentencia condenatoria de 40 años de prisión, de acuerdo con la lista de sesiones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) revisada por este semanario.

En vez de informar al gobierno estadunidense, con base en los términos de la cooperación bilateral, del amparo concedido y la inminente liberación del narco-traficante para dar oportunidad a una solicitud de detención preventiva con fines de extradición, como el gobierno de Ba-rack Obama reclamó después de la liberación del capo, la PGR optó por guardar silencio.

La cronología de distintos eventos judiciales a cuyos expedientes se tuvo acceso muestra que un mes antes de que el Primer Tribunal Colegiado le concediera el amparo, el narco sabía que iba a salir libre. A principios de julio último, ante el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el estado de Jalisco tramitó el amparo directo para impedir su extradición.

La PGR fue notificada inmediatamente de la demanda de amparo. También guar-dó silencio y no comunicó el hecho al gobierno estadunidense.

El miércoles 14, luego de que el gobierno de Obama solicitó a su par de México la detención preventiva del capo con fines de extradición, la PGR ordenó su recaptura. Pero hasta ahora ha ocultado que el jueves 15 la defensa de Caro interpuso una ampliación de la demanda de amparo ante la solicitud de detención preventiva con fines de extradición que hizo Washington.

Los días posteriores a la súbita liberación del capo, en las oficinas de la embajada de Estados Unidos en México un comentario se hace común: "mejor lo hubieran fugado de la cárcel; no habría sido tan burdo ni tan ofensivo. Esto es una muestra del poder corruptor de la mafia mexicana".

En la sentencia de amparo dictada el jueves 1 -que originó la liberación de Ca-ro Quintero- se desglosan los elementos que sirvieron de fundamento para la sentencia contra el capo del 3 de junio de 2009 emitida por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, en la cual se le impusieron 199 años de prisión, pero como la pena máxima aplicable al caso es de 40 años, así quedó la condena contra el narcotraficante.

Según el expediente integrado de la acusación...

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