Chilang Balam / ¡Yo loco, loco y ella loquita!

¡Chamacos atarantados, jijos de mi último delirio! Hoy les iba a dar una explicación muy clara y precisa de todo el rollo del Seguro Social, los antecedentes, las consecuencias y los intereses que se mueven para que se haga la dichosa reforma al IMSS, pero la neta en que no le entiendo nada, así que mejor les voy a hablar de puras loqueras que pasan en el mundo, y conste que es solo para que le den un vistazo a lo deschavetado que esta todo el planeta, no porque quiera decir que es de locos eso de la reforma. En Brasil, pa' más señas en Río de Janeiro, salió la nota de que el tribunal de justicia del estado brasileño de Goiás, ya sentó la jurisprudencia de que quien participa en una orgía no puede quejarse posteriormente de "atentado violento al pudor", y esto para darle pa'tras a la demanda de un pasado de lanza que alegó ser violado por un amigo durante una bonita orgía que organizaron. Luciano Costa de Silva acusó a su amigo José Roberto de Oliveira de haberlo embriagado para posteriormente practicar junto con la esposa de éste un: "acto libidinoso diverso de conjunción carnal" durante una sesión de sexo grupal. Alegó que como estaba hasta las chanclas no pudo defenderse. Pero los jueces lo mandaron a la goma y absolvieron por unanimidad a Oliveira por considerar que no cometió un delito, ya que Costa da Silva participó voluntariamente en la sesión de sexo colectivo. "Quien busca satisfacer la voluptuosidad propia o de otros, adhiriendo a la falta de reglas de una bacanal, se somete conscientemente a desempeñar el papel de sujeto activo o pasivo, dada la inexistencia de moralidad y rectitud en este tipo de confraternización", dijeron los jueces en su dictamen. Pa' ponerle fin al asunto los jueces rechazaron la demanda con el argumento de que: "si el individuo, de forma voluntaria y espontánea, participa de una orgía promovida por amigos, no puede decirse al final del contubernio víctima de atentado violento al pudor" y pa' que no quedara duda, reiteraron enfáticamente que: "no se puede presentar como víctima de atentado violento al pudor aquél que al final de la orgía se convirtió en blanco pasivo del acto sexual" y remataron la cuestión diciendo que: "este tipo de conchabo concupiscente, en razón de su previsibilidad y consentimiento previo, aleja las figuras del dolo y la coacción". O sea que al baboso carnal le dieron por Detroit en sentido literal y en sentido...

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