Congelan bienes de Stanley

Cualquier persona que pudiera tener derecho a la herencia de Francisco Stanley Albaitero tiene un plazo de hasta 10 años para exigir un juicio de petición de herencia, señaló el Juez 7 de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del DF.

Esto es, que los herederos pueden ser adjudicados en los bienes que administrará el albacea, en cuanto a usufructos, pero la venta de inmuebles no podrá hacerse hasta dentro de 10 años.

En entrevista, el impartidor de justicia José Luis Zavaleta indicó que por el momento sólo se han acreditado ante él Francisco Stanley Pedroza, como albacea, Patricia Pedroza Estrada, viuda del animador de televisión, Leslie Patricia Stanley Pedroza y Paul Stanley Durruti, como los herederos de Stanley Albaitero.

Zavaleta explicó que después de que una persona fallece existen dos posibilidades para que sus familiares tomen posesión de bienes e inmuebles.

"Ya sea que deje testamento, que es la última voluntad del depudius, o que no otorgue testamento. La primera situación se llama el juicio testamentario y la segunda se llama de la sucesión legítima, es decir, la ley dice quiénes van a ser los herederos, sustituyendo así la voluntad del testador", explicó el juez.

Zavaleta agregó que el proceso del juicio se encuentra la primera parte.

"Es pertinente aclararle que todo juicio sucesorio comprende cuatro secciones: la primera, que se llama de la sucesión, comprende desde el escrito inicial de denuncia hasta el nombramiento del cargo de albacea y, en este caso concreto, es lo que se ha concluido.

"Ahora procederá a la formación de inventarios y avalúos dentro de la sección segunda. El albacea tiene 10 días para dar aviso al juzgado que va a proceder a la formación de los inventarios, para que dentro de los 60 días lo presente al juzgado y posteriormente se le daría vista a los herederos", detalló el juez.

Esta segunda sección daría paso a la tercera etapa, que es la sucesión de los bienes, y al final se inicia la sección cuarta que comprende el proyecto de repartición, y si todos los implicados están de acuerdo se pasa a la adjudicación de los bienes.

Sin embargo, indicó que cualquier otro familiar directo que sienta el derecho de exigir parte de ese testamento, con base en el Artículo 1652 del Código Civil, cuenta con 10 años para hacer efectivo ese reclamo.

"Si existiera otra persona con derechos a la herencia tiene a salvo sus derechos para que los haga valer en la vía...

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