La corrupción como doctrina de fe

AutorErnesto Villanueva

Primero. A través de Eduardo Sojo, actual presidente del INEGI y quien fue el responsable de recortar el censo nacional para evitar su comparabilidad (ver mi artículo Censo a la carta en Proceso 10/03/2010), Derbez-Aranda se convirtieron en parte del equipo para defraudar a las instituciones en el proceso electoral de 2000 a través del hoy desaparecido Instituto Internacional de Finanzas (IIF), creado originalmente el 29 de enero de 1996, según consta en la escritura pública 11540, volumen 370, de la ciudad de Puebla. Poco más de dos años después, el 3 de julio de 1998, se creó la misma empresa en León, de acuerdo con la escritura pública 1020, volumen 210, siendo titulares Luis Ernesto Derbez y su esposa Rosa María Aranda Gómez, como presidente y vi-cepresidenta, respectivamente. Para ampliar sus formas de triangular recursos, en sesión extraordinaria de socios -celebrada conforme a la escritura pública 418, volumen 8, de fecha 13 de febrero del 2001, ante el notario público 5 de Huejotzingo, Puebla- se acordó cambiar de domicilio a Monterrey, Nuevo León.

A partir del IIF se fraguó el financia-miento ilegal al PAN, como es de conocimiento público. No lo es, sin embargo, que Derbez, a río revuelto, se ha auto-otorgado "varios millones de pesos" (sic) -además de su sueldo depositado en la cuenta Ban-comer 421 50077541, por 329 mil 595.07 pesos netos-, según consta en la averiguación previa PGR/025/LD/02, y salarios de varios directivos de la institución educativa privada donde despacha como rector.

Segundo. Entre otros actores políticos, Derbez y Aranda incurrieron en conductas consideradas ilegales por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al facilitar recursos fuera de la norma al PAN. En efecto, al referirse al caso concreto, el TEPJF señaló en sentencia por unanimidad de votos: "La gravedad de la falta radica en que, con independencia de los actos u omisiones en que incurra un partido político, la sola existencia del sistema de financia-miento paralelo atenta contra los valores y principios sustanciales que rigen el financiamiento de los partidos políticos, al abrir cauces para que ingresen recursos a los caudales partidistas provenientes de fuentes expresamente prohibidas por la ley". (SUP-RAP-098-2003). En consecuencia, revocó la sanción de 100 mil pesos que le había fincado el IFE al PAN y la actualizó a 399 millones de pesos. Lo anterior es, por supuesto, congruente con el futuro inmediato y el pasado...

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