Corte Declara Inconstitucional Pedir Acreditar Causales de Divorcio

México, 26 Feb (Notimex).- La Primera Sala de la SCJN declaró inconstitucional el régimen de disolución del matrimonio contemplado en las legislaciones de Morelos y Veracruz, que exige la acreditación de causales cuando no hay mutuo consentimiento de parte de los contrayentes.

Al resolver la contradicción de tesis 73/2014, la instancia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) detalló que en los divorcios necesarios, el régimen de disolución del matrimonio de esas leyes vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad, al exigir acreditar causales.

En el ordenamiento mexicano, el libre desarrollo de la personalidad es un derecho fundamental que permite a los individuos elegir y materializar los planes de vida que estimen convenientes, cuyos límites son exclusivamente el orden público y los derechos de terceros, afirmó.

Dicho régimen, en los artículos 175 del Código Familiar para Morelos y 141 del Código Civil de Veracruz, exige acreditar causales cuando no hay mutuo consentimiento de los contrayentes, e "incide en el contenido prima facie del derecho al libre desarrollo de la personalidad y es inconstitucional".

La Primera Sala...

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