Corte valida medidas cautelares de proteccion en violencia contra mujere.

Mexico, 18 Oct (Notimex).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion (SCJN) determino que son constitucionales las medidas cautelares de proteccion dictadas por autoridades en casos de violencia contra mujeres.

En laA ponencia del Ministro Jose Ramon Cossio Diaz, el alto tribunal se pronuncio sobre la constitucionalidad de los articulos 27, 29, fraccion III; 32, fraccion III y 33 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Indico que el recurso derivo de un juicio de divorcio necesario en el que una mujer solicito, como medida cautelar y ante la alegada existencia de violencia familiar, la reintegracion al domicilio conyugal, junto con sus menores hijos, asi como la separacion de personas.

Habiendose acogido su peticion por la sala de segunda instancia, el demandado promovio juicio de amparo, en el que impugno la constitucionalidad de los articulos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que fundaron la determinacion judicial.

La Corte advirtio que los preceptos impugnados se insertan en el reconocimiento de la necesidad de crear un regimen especifico de proteccion a un sector de la sociedad, materializado a nivel internacional desde que se aprobo la Convencion sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion Contra la Mujer ("CEDAW", por sus siglas en ingles).

Ello, al comprobar que la normativa general no era suficiente para garantizar la defensa de las mujeres, quienes por su condicion de genero requieren una vision especial para el respeto de sus derechos.

De este modo, sostuvo que las medidas precautorias previstas en dichos articulos garantizan que el posible agresor no atente contra la integridad de la mujer una vez que la autoridad ha tenido conocimiento de hechos probablemente constitutivos de infracciones o delitos que impliquen violencia en su contra.

A

Al disponer como orden de proteccion de emergencia el reingreso de la victima al domicilio, una vez que se salvaguarde su seguridad, y como orden de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR