Darán cárcel a padres incumplidos

LA LUCHA de una madre regiomontana por asegurar la pensión alimenticia a su hijo sentó este mes jurisprudencia nacional para obligar a los padres incumplidos.

La Suprema Corte de Justicia avaló el pasado 3 de febrero que se considere como delito el incumplimiento injustificado del pago de la pensión alimenticia fijado para los hijos o el cónyuge, sin importar si el monto fue el resultado de una condena judicial o de un convenio voluntario entre la pareja.

"Si no pagan alimentos van a ir a dar a la cárcel, ése es el mensaje", señala Sandra Garza Cavazos, quien junto con el abogado penalista Samuel Rubio Fernández llevó el caso de la regia Diana Soto Urbiola, que pedía a su ex esposo cumplir con la obligación del pago de los alimentos para su hijo.

Originalmente, el Artículo 282 del Código Penal de Nuevo León establece que se sancionará con la pena de cárcel si el "condenado" al pago de pensión alimenticia deja de cubrirla sin causa justificada.

La pena establecida por el Código es de seis meses a cinco años de prisión.

Sin embargo, muchos padres podían esquivar la Ley al argumentar que, como su convenio de divorcio fue voluntario, no habían sido "condenados" por un fallo judicial.

Pero el fallo de la Corte ya hace inoperante esta excusa.

"Qué bueno que la Corte tomó este criterio, porque lo que vemos en Nuevo León es que no hay manera de hacer que la gente cumpla con sus obligaciones alimenticias", señala Graciela Buchanan, Magistrada de la Quinta Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia.

El incumplimiento del pago de pensiones alimenticias es un problema que viven miles de mujeres en el Estado.

Alejandra Osteguín Flores, coordinadora jurídica del Instituto Estatal de las Mujeres, dijo que lamentablemente muchos hombres no pagan como una forma de presión o de venganza hacia las mujeres.

"Se mezcla la ruptura de una relación de pareja con la responsabilidad que se tiene en relación a los hijos", explica la abogada.

Buchanan agrega que había personas que querían demandar al cónyuge o concubino por...

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