El decreto de Palacio Nacional

AutorBlanca González Rosas

Además de las contradictorias respuestas que dieron a los medios la Coordinadora Nacional de Monumentos Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, Valeria Valero

(El Universal, 21 de junio), y el director de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura, Arturo Balandrano (Milenio, 25 de junio), lo más cuestionable fue la ausencia de Adriana Castillo Román quien, además de desempeñarse como directora general de Promoción Cultural y Acervo Patrimonial de la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público), es la titular de la Conservaduría de Palacio Nacional (dato obtenido de la Dirección de Información de Comunicación Social de esa secretaría).

Al margen de que Valero mencionó que el INAH (Instituto Nacional de Antropología e Historia) recomendó inhibir el acceso, y que Balandra-no señaló que es una medida precautoria que responde a una observación de la antigua Conservaduría cuya petición recibieron hace tres semanas -¿cómo, si la antigua conservadora Lilia Rivero Weber dejó el puesto desde diciembre de 2018?-, el problema más agudo se centra en la capacidad profesional de los funcionarios: ¿Sabrán que existe un decreto presidencial que reglamenta la responsabilidad, uso y conservación de cada una de las áreas de Palacio Nacional? Y si lo saben, ¿por qué nunca lo mencionaron?

Publicado en el Diario Oficial el 30 de diciembre de 2013 bajo la gestión del presidente Enrique Peña Nieto, tal decreto por el que se expide el Reglamento para el Uso y Conservación de las Áreas, Objetos y Colecciones de Palacio Nacional tiene como antecedente un Reglamento que, con el mismo título, expidió el presidente Ernesto Zedillo el 14 de noviembre del 2000.

Con muy pocas diferencias -la más relevante es que en el Reglamento de Zedillo el conservador es nombrado por el presidente de la República y en el de Peña Nieto por el secretario...

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