El delito de insultar por internet

AutorFrancisco Olaso

BUENOS AIRES.- "No te preocupes, enferma. Llamen al director del zoo; atenderá a la tucan-cita perfectamente...", comentó el usuario rumboalfuturo el 28 de julio, al pie de un artículo publicado en el portal online del diario La Nación, en el cual la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, sostiene que en estos días intenta no ausentarse demasiado de la capital pues le inquieta la idea de no poder estar junto a su hija Florencia cuando nazca el bebé que la joven espera.

Los agravios contra las figuras públicas son cotidianos en los foros de internet y las redes sociales. El proyecto de Ley Nacional contra la Discriminación, que avanza en la Cámara de Diputados, se propone ponerles límite.

La iniciativa "tiene por objeto promover y garantizar el principio de igualdad y no discriminación, en procura de la realización del conjunto de los derechos humanos", se expresa en el Artículo 2°. Amplía de manera significativa la lista de actos que la ley, vigente desde 1988, considera discriminatorios.

Propone penas de prisión de un mes a tres años para quien aliente o incite a la persecución, el odio, la violencia o la discriminación contra una persona o grupos entre quienes incluye, por primera vez, a discapacitados, adultos mayores y a los no heterosexuales. La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales yTrans (FALGBT) participó en la redacción de la iniciativa.

En su artículo 21 -"Promoción de la no discriminación en internet"-, el proyecto de ley obliga a los administradores de los sitios web que admiten contenidos o comentarios subidos por los usuarios a publicar las condiciones de uso. Deben informar al usuario sobre el carácter discriminatorio de un contenido de acuerdo con la legislación vigente y "hacer pública una vía de comunicación para que los usuarios denuncien y/o soliciten la remoción del material que se encuentre en infracción a esta ley".

La normativa incluye a las páginas web, blogs, redes sociales, agencias de noticias, medios de prensa, diarios online, revistas electrónicas y demás medios digitales. Se pretende, de este modo, limitar la promoción del odio a través de la denominada "cloaca virtual".

El artículo 21 de la iniciativa ha desatado enormes críticas. Los grandes medios, algunos legisladores de oposición y miembros de organizaciones civiles sostienen que el remedio propuesto podría ser peor que la enfermedad.

Advierten que la promoción de la censura privada, ejercida por los administradores de los sitios de...

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