Elevarán las sanciones por manejar borracho

Ante la indignación social por los beneficios legales que recientemente han permitido la liberación de conductores ebrios homicidas, el Congreso local empezó ayer a analizar la reforma al Código Penal y al Procedimientos Penales enviada por el Gobernador Rodrigo Medina para que éstos vayan a la cárcel, así como los que huyan del lugar del accidente, aunque no esté alcoholizados.

Al arrancar ayer la mesa de trabajo, surgieron voces como la de Luis David Ortiz, Diputado independiente, quien dijo que la reforma sería un retroceso al nuevo sistema de justicia penal enfocado en la reinserción.

En la mesa se informó que ese mismo criterio se aplicará a quienes, sin estar alcoholizados, causen una muerte al conducir y huyan del lugar.

"Este tipo de iniciativa afectará única y exclusivamente a los responsables de delitos culposos agravados", dijo el Procurador Adrián de la Garza en la mesa de trabajo.

"¿A qué me refiero con esto? Traducción: el que comete un delito culposo agravado es el conductor que bajo los influjos de alguna droga o alcoholizado y al momento que se produce el accidente hay muertos, pero también es agravado cuando el conductor huye del lugar aún y no esté alcoholizado".

Legisladores indicaron que la intención es dictaminar la reforma en un plazo no mayor de 15 días.

Además, la Comisión de Justicia aprobó ayer reformas a la Ley que Crea el Instituto de Control Vehicular y a la que Regula la Expedición de Licencias para Conducir para sancionar con la suspensión o cancelación de la licencia a quienes conduzcan ebrios, drogados o texteando.

Actualmente sólo hay sanciones económicas para esa conducta.

En Nuevo León, en los últimos 10 meses, al menos tres automovilistas ebrios que causaron la muerte de alguna persona recuperaron su libertad gracias a las facilidades de la actual legislación.

El nuevo sistema de justicia penal acusatorio -aplicado de manera gradual desde enero del 2012- permite que un conductor ebrio que cause la muerte de una persona pueda obtener la libertad provisional si garantiza la reparación del daño.

Anteriormente, el Código Penal consideraba este delito como grave y no permitía la libertad bajo caución y lo mismo procedía con los conductores que huyeran.

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