La del Estribo / Casanova Andrade

"El árbitro considera la equidad, el juez la ley".

Aristóteles

Miércoles cachondo, perturbador y decembrino. Desde que estalló el escándalo de la cantante Gloria Trevi y su representante Sergio Andrade, a los medios de comunicación no les pudor ir mejor: tuvieron y tienen toda una historia para cientos de programas, cientos de reportajes y cientos de entrevistas que les aseguran altos niveles de raiting y miles de ejemplares impresos vendidos.

A pesar de que todavía ni Trevi, ni Andrade ni "Mary Boquitas" (¿porqué le pondrían ese nombre?) han completado su proceso judicial, la mayoría de la gente (y algunos "periodistas", ciertamente) ya los ha condenado a la orca, a la lapidación moral y al fuego purificador al más refinado, viejo y arcaico estilo inquisidor del siglo XXVIII.

Digo, si la dupla es o no culpable de los delitos que se les imputan, eso lo determinará un juez. Por supuesto, ellos tienen derecho de defenderse y luego vendrá la sentencia. Punto.

Ahora que todos los que hemos pasado por una escuela de Derecho (aunque sólo haya sido para jugar dominó) sabemos que para los delitos que se le imputan al caliente compositor no bastan los testimonios, ni siquiera los indicios, se necesitan pruebas de origen pericial y de preferencia contundentes. En cuanto a la violación agravada, ¿cuál será la mentada agravante? La minoría de edad si existe consentimiento de la víctima da origen a una violación equiparada pero no "agravada" como manejan en forma irresponsable algunos medios de comunicación; en todo caso, una violación ocurrida hace tanto tiempo es virtualmente imposible de probar, a menos que la perversidad lo haya traicionado y existan fotos triple x y hasta un video hardcore, cosa que no me extrañaría nadita. Si a William Clinton, entonces presidente de los Estados Unidos, le guardaron la "evidencia" pues ya nada debería de sorprendernos.

En lo referente al rapto este es un delito que desapareció de nuestro Código Penal hace una década, si lo conservan en Chihuahua la pena ha de ser mínima. En el caso de la corrupción de menores lo importante será el criterio del juez pero se trata de una conducta típica que nunca sido considerada dentro del catálogo de delitos graves. En suma, la justicia muchas veces nada tiene que ver con las sentencias judiciales, este es el caso, si efectivamente hay un estado de Derecho en este país, el "horny" de Andrade debe de librarla con un máximo de dos años en chirona...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR