Firman Acuerdo MéXico Y Turquía Para Evitar Doble ImposicióN

* También busca prevenir evasión fiscal, informa la SHCP.

México, 17 Dic. (Notimex).- Los gobiernos de México y de Turquía firmaron en Ankara, Turquía, el acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta entre ambas naciones, informó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El principal objetivo de este convenio es eliminar la doble tributación, pues ésta representa una carga fiscal excesiva tanto para los residentes de México como de Turquía que realizan operaciones comerciales o financieras entre sí.

De esta forma, se busca eliminar las cargas fiscales que obstaculizan el flujo de inversiones, destacó la dependencia federal en un comunicado.

Indicó que el acuerdo armoniza los sistemas fiscales de los dos países y otorga certeza jurídica respecto del sistema fiscal aplicable a la inversión mexicana y turca, lo que permitirá fomentar los negocios entre ambos países.

Asimismo, propiciará mayores niveles de rentabilidad de las inversiones que se realicen en cada uno de éstos, generando un ambiente adecuado para incrementar los flujos de inversión, lo cual redundará en el bienestar económico tanto de Turquía como de México.

Para cumplir con su objetivo, agregó, el convenio asigna derechos de gravamen al Estado de la fuente o al de residencia, determinando así, qué sistema fiscal resultará aplicable dependiendo del tipo de ingreso de que se trate.

Por ejemplo, beneficios empresariales, ganancias de capital, pensiones, ingresos percibidos por artistas y deportistas, estudiantes y maestros, entre otros.

En los casos de dividendos, intereses y regalías, el acuerdo incluye una tributación compartida por ambos Estados, precisó la Secretaría de Hacienda.

Apuntó que se establece una tasa máxima de retención en el Estado de la fuente para dividendos de 5.0 por ciento cuando el beneficiario efectivo sea una sociedad que tenga la propiedad directa de por lo menos 25 por ciento del capital de la sociedad que paga los dividendos y de 15 por ciento en los demás casos.

En tanto, para intereses, de 10 por ciento cuando sean pagados a bancos y de 15 por ciento en los demás casos; y para regalías, del 10 por ciento en todos los casos, abundó.

Por otra parte, señaló, cuando ambos...

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