Fondos "fuera de control": ASF

AutorArturo Rodríguez García

En los fideicomisos había falta de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas; subejercicios superiores a 70% que no se reintegraban a la hacienda pública; una normatividad laxa e, inclusive, había algunos cuya existencia era jurídicamente insustentable, sostiene un estudio realizado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

En medio de la polémica por la extinción de 109 fideicomisos votada en la Cámara de Diputados a propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, el pasado miércoles 7, el mandatario instruyó a formar un equipo de revisión caso por caso, para que realice un diagnóstico.

El enfoque presidencial es revisar costos de operación, evitar “aviadores” y ahorrar recursos al asumir la dispersión de fondos en la Tesorería de la Federación, partiendo de que los fideicomisos facilitan la corrupción.

Los datos previos, ajenos al Ejecutivo, demuestran que la opacidad, el manejo discrecional de recursos e inclusive actos de corrupción con implicaciones millonarias fueron identificados por la ASF en la mayoría de 305 fideicomisos o figuras análogas que revisó, los cuales, en diferentes casos, no justificaron su existencia ni el cumplimiento del objetivo para el que fueron creados.

Fue la Auditoría 1722 emitida en septiembre de 2019, bajo el criterio de "Estudios" -en este caso sobre los fideicomisos y otros instrumentos jurídicos análogos-, con la que se encontraron las diferentes anomalías en la revisión total de los casos que fue practicada a los informes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). El estudio incluye datos hasta 2018 y un presupuesto anual, en suma, por el orden de los 878 mil 717 millones de pesos.

En principio, la ASF detectó que la SHCP no mantenía actualizado el Sistema de Control y Transparencia de los Fideicomisos, de manera que le urgió a mejorar el control para que transparentaran el manejo de los recursos federales, sus objetivos y, de manera oportuna, la modificación, extinción o terminación de contratos.

En dicho estudio destaca que la constitución de varios fideicomisos no establecía el tiempo de existencia, dejándolos en la indefinición. Además de que, habiendo una limitación expresa sobre una duración no mayor a 50 años, con ciertas excepciones, hubo fideicomisos que excedían ya el tiempo permitido.

"Asimismo, se logró advertir que en algunos no se cumple con los propósitos para su creación y las obligaciones específicas para justificar su operación y la utilización de recursos", estableció la ASF.

Además, determinó la necesaria intervención de la Secretaría de la Función Pública en sus labores de vigilancia, coordinación y supervisión de auditorías, conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública. Esto es que, durante el sexenio pasado, no lo hizo.

Luego, identificó que los fideicomisos sin estructura carecían de parámetros para ser evaluados, dificultando inclusive su administración, y luego enlistó en qué aspectos se presentaban esas dificultades:

"El plazo de vigencia de su operación; los fines para los que fueron creados; la autorización de la clave presupuestal; el destino de las aportaciones efectuadas al patrimonio y el cumplimiento de la obligación de rendir cuentas sobre el manejo de los recursos...

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