El IFT, de rodillas ante las televisorias

AutorJenaro Villamil

En una sesión que se prolongó hasta la madrugada del lunes 9, cuatro de los siete comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) decidieron, en vez de acotar, beneficiar por vía triple a Televisa y TV Azteca.

Las dos empresas concentran 95% de las concesiones de televisión abierta, 99% del mercado publicitario en la pantalla, y la primera 66% de la televisión restringida. Pero gracias al IFT podrán colocar canales adicionales de programación sin pagar contraprestación y "rentar" esos canales sin necesidad de garantizar una cuota de pluralidad ni calidad en los contenidos.

Esta política, que los especialistas consultados consideran "anticonstitucional" y un nuevo "desacierto" a favor de las empresas dominantes, fue acordada por la mayoría de los comisionados del instituto tras una clara presión de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), el organismo cúpula que representa los intereses de los concesionarios, y despachos de abogados ligados a las televisoras.

Entre el 23 de diciembre de 2014 y el 14 de enero de 2015, el IFT realizó una consulta pública sobre los lineamientos generales en materia de multiprogramación. Sólo participaron ocho organismos. De éstos, cuatro se opusieron claramente al pago de una contraprestación por el servicio de multiprogramación que estaba incluido en el artículo 5 del proyecto original elaborado por el instituto.

Los argumentos de la CIRT, del Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (Idet), de la Cadena Radiodifusora Mexicana S.A., y del despacho García Herrera, Valdez y Asociados fueron prácticamente los mismos. El documento más extenso fue el de la CIRT, que lo envió el 14 de enero pasado a la Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales del IFT, encabezada por Leticia Salas.

En su texto, la CIRT calificó de "incongruente" una nueva contraprestación y argumentó que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones "no establece una obligación al IFT de fijar una contraprestación para el acceso a la multiprogramación, sino una posibilidad".

En su alegato, firmado por Miguel Orozco Gómez, la CIRT afirmó:

"Obligar en todos los casos al pago de una contraprestación por la autorización para el acceso a la multiprogramación no se justifica, ya que los concesionarios tienen autorizada la misma capacidad espectral, esto es, no se otorgan más frecuencias del espectro radioeléctrico ni se prestan servicios adicionales, sino que simplemente se aprovecha de manera más eficiente el...

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