Impugnan declaratoria del legado de Octavio Paz

AutorJudith Amador Tello

Así lo consideran los abogados especialistas en derecho cultural, José Manuel Hermosillo y Carlos Lara, quienes desde la publicación el 6 de septiembre pasado (en el mismo DOF) del acuerdo de inicio de procedimiento, solicitaron se les reconociera interés jurídico en el caso y poder ver el expediente para la declaratoria.

Lograron reunirse con la secretaria de Cultura, María Cristina García Cepeda y el equipo que llevó el proceso, para señalar que incumple con el artículo 5 TER, fracción II, de la Ley sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, por no contar con el inventario o catálogo de los bienes a declararse. No cuenta tampoco con copia certificada del testamento, mediante el cual heredó su esposa Marie-Jose Tramini, ni su acta de matrimonio.

A su juicio es impreciso decir-como finalmente quedó asentado- que se declaran "todos los bienes que constituyen el acervo personal de Octavio Ireneo Paz y Lozano, conocido como 'Octavio Paz', en cualquier formato o soporte, consistente en papeles, documentos y correspondencia privada, así como manuscritos y mecanos-critos de sus poemas, ensayos, artículos periodísticos, traducciones, fotografías y archivo bibliográfico" que se encuentra en sus propiedades de las calles de Río Guadalquivir 109, Lerma 143, Plinio333y Porfirio Díaz 125.

¿Qué se está declarando? Ellos sugirieron una declaratoria "híbrida" para incluir lo artístico y lo histórico. Sin embargo la declaratoria indica que se contemplan en su acervo los bienes que "revisten valor estético relevante, atendiendo a su representatividad, inserción en determinada corriente estilística, grado de innovación, técnicas utilizadas y otras análogas; considerando que es uno de los representantes más destacados de la literatura, no sólo de México e Hispanoamérica, sino del mundo".

Cuestionan, por ejemplo, si acaso toda su correspondencia revista ese valor estético o tenga más bien un carácter de documento histórico en relación con el contexto en el cual se desarrolló la obra de Paz; igual las fotografías que no son de su autoría; su acervo bibliográfico, en el cual habrá quizá libros históricos, o algunos que de no formar parte de ese conjunto no tendrían valor ni artístico ni histórico, pero fueron una selección hecha por él. Y nada se dice de las obras plásticas que poseía.

Con el oficio DAJ/SAJ/4649/2018 del 18 de septiembre pasado, el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA) respondió a los abogados -sin concederles o...

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