Las industrias culturales y el AMEC

AutorJorge Sánchez Cordero

En política nada es casual y las denominaciones son tan importantes como las decisiones. El nombre de este acuerdo y sus siglas son altamente reveladores; por lo pronto las siglas en inglés inician con la abreviatura de Estados Unidos. En todas las denominaciones empero se prescindió del epíteto libre comercio, hecho que se atribuye a la inserción de varios capítulos, como los relativos a medio ambiente (Capítulo 24) y combate a la corrupción (Capítulo 27), entre otros.

Uno de los temas de mayor controversia fue sin duda la llamada excepción cultural propuesta por Canadá. La cláusula cultural ya se incluía en el acuerdo de libre comercio suscrito entre los Estados Unidos y Canadá el 1 de enero de 1989 y quedó vigente en el TLCAN (artículos 2106, 2107 y Anexo 2016), que surtía únicamente efectos entre Canadá y Estados Unidos, y ahora en el AMEC pero con un régimen diferente.

Si bien en principio Canadá logró en el pasado la aceptación de la llamada excepción cultural, se trató de una victoria pírrica si se atiende a la reserva estadunidense convenida desde el inicio, que permite la retorsión en cualquier otra rama comercial para compensar los daños que le pudiera provocar la estructuración de las políticas culturales canadienses.

Es precisamente en la articulación de su política cultural que Canadá intentó aprobar la llamada ley C-55, que procuraba proteger a su industria editorial, cuyo valor en el mercado se estima en aproximadamente 450 millones de dólares canadienses. Los Estados Unidos reaccionaron de inmediato y, con base en su derecho de retorsión, amenazaron con imponer aranceles 10 veces más altos a las exportaciones de acero, plástico, madera y textiles canadienses. Finalmente, los gobiernos llegaron a un acuerdo en mayo de 1999.

La excepción cultural es un tema por demás sensible y la provincia de Quebec ha sido particularmente defensora de ella; sus organizaciones, especialmente combativas, se encuentran congregadas en la Coalición para la Diversidad de las Expresiones Culturales. A ellas habría que agregar las reivindicaciones de la Asamblea de las Naciones Originarias (L'Assemblée des Premières Nations) que, a través de su representante, Perry Bellegarde, había exigido en septiembre último un capítulo exclusivamente destinado a los pueblos autóctonos. La recompensa a estas reivindicaciones tiene una respuesta específica en el AMEC (Artículo 32.5).

La expectativa ahora consiste en saber con exactitud cuál fue el resultado de esta ardua negociación y cuál será el impacto general del AMEC para México en el ámbito cultural. Para ello el análisis deberá concentrarse en la letra pequeña del texto, en sus cuatro anexos y 12 cartas paralelas que el Ejecutivo federal remitió al...

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