A infraccionar se ha dicho

Si maneja no puede llevar el celular en la mano, porque será sancionado y ni crea que usar el manos libres lo salvará.

Con la publicación del nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad que entra en vigor hoy, se castiga con mayor precisión que en la anterior Ley de Vialidad, las conductas de riesgos al conducir.

Entre éstas están el uso de distractores, no llevar el cinturón de seguridad, no traer silla portainfantes cuando se requiera, no portar casco en el caso de motociclistas y conducir a exceso de velocidad.

En la reglamentación se señala que se llevará un registro de conductores donde se reflejará su comportamiento al volante y si no atienden las normas y reinciden en esos puntos, deberán tomar un curso de sensibilización y de no hacerlo, no podrán renovar la licencia.

Entre los distractores señalados están hablar por teléfono o llevarlo en la mano, emplear GPS, tabletas, consultar mapas o traer el manos libres. Antes sólo decía que se prohibían usar dispositivos. Si se incumple con ello la sanción será de 10 a 30 días de salario mínimo, es decir, de 647 a mil 942 pesos como ya estaba en la ley.

Los menores de hasta los 12 años que vayan en autos particulares deberán estar en sillas adecuadas a su tamaño y ubicadas en el asiento trasero. Sólo las unidades que no tengan hilera de asientos traseros podrán llevar las sillas enfrente.

Para los motociclistas, el uso de casco sigue siendo obligatorio, pero debe cumplir con normas internacionales.

Además se adiciona que los conductores de motos de bajo cilindraje -usadas frecuentemente para reparto- lleven un chaleco reflejante y éste tenga impreso el número de placas de la unidad que se conduce. Este último requisito empezará a exigirse hasta marzo.

Regulan velocidad

Las nuevas disposiciones señalan...

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