Ivaginaria / Cárcel al que mande pack

Este año se logró, en el estado de Puebla y Yucatán, que se reformaran los códigos penales en ambos estados para que se penalice el hecho de compartir fotos de desnudos, packs, sin el consentimiento de quien sale en las fotos.

Hace pocos días se aprobó la ley Olimpia, que trata de una serie de reformas al código penal poblano que dicta que se castigará con una pena de 3 a 6 años de cárcel a quien difunda fotografías y videos de índole sexual sin el consentimiento de tod@s los implicados en el contenido de ese material.

En agosto pasado en el estado de Yucatán, se anunció que se penalizarían los delitos de compartir imágenes y videos, con castigos desde seis meses hasta cuatro años de cárcel a quienes incurran en los mencionados delitos vinculados con la intimidad de estas personas.

Lo que se llama pornovenganza o compartir imágenes de desnudos de otras personas sin su consentimiento, es una de las nuevas maneras de extorsión en su forma, aunque no en el fondo. Hace añales nos escandalizábamos del ex esposo de Tatiana quien hizo circular, presuntamente, unas fotos íntimas de la mamá de dicha artista. Tod@s vimos esas imágenes y hasta cierto punto, se olvidó pronto, pero la viralización que ahora se puede conseguir a través de las muchas redes que existen, potencian el efecto tóxico que causa enviar esos materiales.

En el caso de Puebla, la promotora de esas reformas penales, fue Olimpia Coral Melo, quien siendo una adolescente grabó un video sexoso con su entonces novio. Al poco tiempo sus aventuras eróticas llegaron a páginas pornográficas y fue atacada en las redes sociales y señalada por su conducta sexual. Era tal la ignominia que, incluso, se pagaba por descargar su material. Ese episodio en su vida la estigmatizó y la menguó todos los aspectos: intentó suicidarse varias veces, estuvo en depresión, hasta que inició el Frente Nacional para la Sororidad, cuya misión es la de frenar violencia en redes sociales en contra de los más vulnerables.

En Yucatán las penas fueron muy específicas, pero ante todo, fue el primer estado en lograr que se castigara este delito en contra de la intimidad de las personas. Ahora según el código penal de dicho estado, se penalizará desde seis meses a cuatro años de prisión a quien coaccione, hostigue o exija a otra persona, con la amenaza de revelar, publicar, difundir o exhibir sin su consentimiento contenido erótico que...

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