La ley blanda salva al funcionario

AutorJuan Pablo Guerrero

En lo que atañe a las residencias de las Lomas de Chapultepec que utiliza el actual secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, puedo decir que habría falta de honradez y conñicto de interés si el funcionario aceptó a su favor un contrato de arrendamiento en precio notoriamente inferior al del mercado ordinario que procede de una persona física o moral cuya actividad profesional, comercial o industrial ha estado directamente vinculada, regulada o supervisada por el servidor público de que se trate en el desempeño de su cargo.

En efecto, de conformidad con el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, es obligación de un funcionario "abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, objetos mediante enajenación a su favor en precio notoriamente inferior al que el bien de que se trate y que tenga en el mercado ordinario, o cualquier donación, empleo, cargo o comisión para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XIII, y que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se ha-ya retirado del empleo, cargo o comisión".

La violación de esta obligación debe conllevar a procedimientos de responsabilidad y sanciones.

Pero hay tres cuestiones que pueden tener tranquilo al secretario. Primero, no debe ser fácil probar que la actividad económica de su arrendador...

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