La "Ley Televisa-Doring", una artera contrarreforma

AutorJenaro Villamil

En una clara acción concertada, en vísperas de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolviera sobre dos acciones de inconstitucionalidad interpuestas por el Ejecutivo federal y el Senado, la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados aprobó vía fast track una auténtica contrarreforma que quita facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en materia de defensa de los derechos de las audiencias y, además, contradice la prohibición expresa del artículo 6 constitucional de transmitir publicidad o propaganda como si fuera información.

En 2013, el Congreso aprobó una reforma que molestó sobremanera a los concesionarios de radio y televisión, especialmente a Televisa y sus cabilderos, la cual señala, en su artículo 6, lo siguiente:

"Se prohibe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa; se establecerán las condiciones que deben regir los contenidos y la contratación de los servicios para su transmisión al público, incluidas aquellas relativas a la responsabilidad de los concesionarios respecto de la información transmitida por cuenta de terceros, sin afectar la libertad de expresión y de difusión."

Esa reforma también estableció que las telecomunicaciones y la radiodifusión son "servicios públicos de interés general" y, por tanto, el Estado deberá garantizar que sean prestados "en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias".

Específicamente, en el servicio de radiodifusión (que abarca tanto a la televisión abierta como a la radio) la reforma que molestó a los concesionarios señala que deberá prestarse en condiciones de "competencia y calidad", "preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional".

Además se estipuló, por primera vez en la Constitución, la existencia de los derechos de las audiencias y de los usuarios de telecomunicaciones y que la ley secundaria deberá establecer cuáles son aquellos, así como "los mecanismos para defenderlos".

La ley reglamentaria correspondiente le otorgó facultades al IFT para regular tanto en materia de derechos de audiencias como para vigilar la prohibición expresa de transmitir publicidad o propaganda presentada como información.

Revancha de concesionarios

Contra estos ejes centrales de la reforma constitucional, el diputado federal panista Federico Dóring y el legislador federal de Movimiento Ciudadano (MC) José Clemente

Castañeda presentaron dos iniciativas que se dictaminaron fast track para reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión a fin de quitarle facultades al IFT en lo relativo a la defensa de los derechos de las audiencias, sobre todo para permitir a los concesionarios vender espacios de opinión o de promoción sin la obligación de distinguir uno y otro ante las audiencias.

En la fracción IV del artículo 256 la reforma consiste en la eliminación del derecho de las audiencias a que durante la emisión de un programa se les haga...

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