María Elena Cardona, la juez de las multas suaves

AutorPatricia Dávila

Cardona Ramos ha sido la encargada de reclasificar los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) imputa a funcionarios y exfuncionarios relacionados con los cárteles del narcotráfico. En algunos casos absuelve a los presuntos implicados; en otros, abre las puertas para que continúen su proceso en libertad.

El viernes 17, durante la segunda audiencia de la causa penal 83/2018, que implica a León Trauwitz y otros seis miembros del Ejército imputados por la FGR -dentro del primer bloque de comparecencias- por el presunto delito de sustracción ilegal de hidrocarburos, el militar y sus defensores no se presentaron. Ante esa ausencia injustificada, la juez decidió multarlo con 100 unidades de medida y actualización (UMA), equivalentes a 8 mil 449 pesos -una sanción de las más bajas que se hayan aplicado-, sin tomar en cuenta que debió fijarla de acuerdo al nivel salarial del implicado. De haberlo hecho, la sanción hubiera sido de 80 mil pesos (mil UMA).

El viernes 17 tampoco se presentaron a la audiencia otros dos imputados: Sócrates Herrera Pegueros y Emilio Cosgaya debido, dijeron, a "la presión mediática", lo que les causó malestares físicos.

Otro de los implicados, Wenceslao Cárdenas, platicó con su abogado el día anterior -según reveló el litigante- para comunicarle que se presentaría a la citación, pero no llegó.

Como sólo asistieron a la audiencia tres de los siete militares implicados: Oziel Al-dana, Arturo Villa Adame y Ramón Márquez Ledesma, la juez Cardona determinó, aso-licitud de la FGR, aplazar la audiencia para el viernes 31. Y acordó que los imputados sean apercibidos con una sanción de 8 mil 449 pesos de no acudir a la próxima audiencia, incluido León Trauwitz.

La estrategia del general

Consultados por este semanario los defensores de varios de los imputados, quienes pidieron omitir sus nombres, enlistan las bondades de lajuez Cardona hacia los acusados que no comparecieron.

Consideran que ella pudo hacer uso de la fuerza pública con cualquier autoridad para garantizar la presencia de los siete implicados en este caso y así llevar a cabo la audiencia en tiempo y forma.

Sostienen que, ante la ausencia de León Trauwitz, la juez pudo declarar un receso para enviar a la autoridad que ella considerara para solicitar la presencia de los imputados. Y citan el artículo 104 del Código Nacional de Procedimientos Penales, Fracción Segunda, inciso C, que establece las medidas de apremio.

Comentan también que la ausencia de León...

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