...Y ningún plan de contingencia

AutorJuan Carlos Cruz, Patricia Dávila y Arturo Rodríguez

El presidente encabeza una reunión acompañado por los secretarios de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong; de Energía, Pedro Joaquín Cold-well; el subsecretario de Protección Institucional, Manuel Mondragón y Kalb; y el procurador general, Jesús Muri-llo Karam. Notoria es la ausencia del director de Pemex, Emilio Lozoya Austin, a quien sustituye otro funcionario de la paraestatal quien parece explicar la situación al mandatario y a los miembros del gabinete.

Sobre la mesa Joaquín tiene impresas unas hojas de cálculo, Mondragón atenaza un pañuelo, Osorio tiene ante sí un cuaderno escolar. Al fondo la explicación se desarrolla, plumón en mano, sobre un pintarrón que exhibe la ubicación de los edificios en el complejo administrativo de Pemex, frente a un presidente atento.

La imagen difundida por la Presidencia más que avalar el tesón presidencial reveló la ausencia de planos, planes de contingencia, esquemas de seguridad. Sentados en torno a la mesa los hombres que gobiernan el país se ven en la imagen con las manos vacías ante la tragedia por la que se decretaron -el viernes 1- tres días de luto nacional.

La tarde del 31 de enero una explosión provocó el colapso de los sótanos, la planta baja y el mezzanine del edificio B-2 del complejo administrativo Torre Pemex.

Hasta el cierre de esta edición el gobierno federal mantenía la cifra de 33 muertos y 121 heridos.

La crisis, abordada con descoordinación de cuerpos de seguridad, yerros comuni-cacionales que alentaron especulaciones y una marcada opacidad mostraron a un gobierno rebasado por la contingencia.

Aun la tarde del viernes 1 el procurador Murillo Karam aseguraba desconocer si podían encontrar más cuerpos en una zona a la que hasta entonces no habían podido llegar los rescatistas.

Según el artículo 39 de la Ley General de Protección Civil, todo inmueble del sector público, social o privado debe tener un programa interno de protección civil a fin de mitigar los riesgos y estar en condiciones de atender una emergencia. Para la aplicación del mencionado programa debe haber una unidad interna avalada por la autoridad correspondiente.

La Ley de Protección Civil para el Distrito Federal establece las mismas consideraciones y añade en su artículo 54, fracción IV, que las dependencias públicas deben tener manuales de procedimiento.

Tras las declaraciones de Murillo Karam, a más de 24 horas del siniestro, ni siquiera había certidumbre respecto al número de personas que podían estar todavía en el inmueble colapsado.

Testimonios de rescatistas que actuaron en las horas inmediatamente posteriores al siniestro hablan de una gran descoordinación; entre ellos, la brigada Topos, Unidad Tlatelolco, que observaron el caos que devino con el arribo escalonado de cuerpos...

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