Profepa Clausura Tres Bancos de Materiales PéTreos En Colima

México, 26 Ene. (Notimex).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera total temporal en Cofradía de Juárez, municipio de Armería, Colima, tres bancos de materiales pétreos, por derribar vegetación forestal sin contar con las autorizaciones oficiales que expide la Semarnat.

En un comunicado, la dependencia federal indicó que derivado de una denuncia ambiental por aprovechamiento de materiales pétreos en bancos que se ubican en dicha comunidad, se efectuaron diversos recorridos de vigilancia, a fin de investigar los hechos.

Agregó que se detectaron irregularidades como "la realización de obras y actividades de cambio de uso de suelo con maquinaria pesada sin las autorizaciones correspondientes, modificando la topografía y vocación natural del terreno, al haber sido afectada la topomorfa y removida la vegetación forestal".

Refirió que en una superficie total estimada en 6.5 hectáreas se observaron trabajos de extracción de materiales pétreos, cuyo volumen de vegetación forestal removido por el cambio de uso de suelo fue de 92.319 metros cúbicos (m3) Rollo Total Árbol (RTA) de las especies barcino, cuachalalate, papelillo y puchote, entre otras.

En dicho operativo, se verificaron cuatro bancos de materiales pétreos y se levantaron seis actas de inspección, tres en materia forestal y tres en impacto ambiental, imponiendo como medida de seguridad la clausura total temporal en tres.

En tanto, en uno sólo confirmó el cumplimiento de la autorización en materia de impacto ambiental, sin detectar irregularidades.

La Profepa mencionó que los presuntos infractores incumplieron los preceptos 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y 28, párrafo primero, fracción VII, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Además el Artículo 5, párrafo primero, inciso O, del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

Añadió que a los transgresores se les advirtió sobre las penas y sanciones a que podrían hacerse acreedores, de conformidad con lo previsto en el Artículo 187 del Código Penal Federal, en caso de que quebrantaran alguno de los sellos colocados por la Profepa.

Expuso que ante las actividades de explotación se modificó la topografía original del terreno con terracerías, excavaciones, cortes y taludes para la remoción, movimiento y traslado de materiales pétreos, observándose taludes...

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