Proponen Analizar Reglamento de Correduría Pública

México, 21 Ene. (Notimex).- El Reglamento de Correduría Pública, que entró en vigor en la última semana de la pasada administración federal, deberá ser analizado jurídicamente para determinar si en realidad invadió o no la esfera de acción de los notarios públicos, consideró Alfredo Trujillo Betanzos.

El corredor público 65 del Distrito Federal refirió que el nuevo reglamento que entró en funciones hace unas semanas "no sé si da más facultades o no o si simplemente clarifica la actuación de un corredor público, lo que sí sería idóneo que se analice jurídicamente".

Tras su publicación, los notarios presentaron un amparo en contra de dicha regulación, con el argumento de que se les dieron mayores facultades a los corredores públicos, como es el caso de ofrecer poderes, lo que en opinión de los primeros invade su esfera de acción.

El corredor público es, entre otras funciones, mediador, fedatario público y perito legal (valuador).

Su función básica es garantizar la seguridad y certeza jurídicas, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales y otras materias de competencia federal, brindando un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto profesional que le impone la legislación en la materia.

Trujillo Betanzos, quien recordó que en la actualidad hay poco más de 300 corredores públicos en todo el país, reiteró en entrevista con Notimex que el reglamento debe analizarse desde un punto de vista jurídico y "ver si es cierto que se amplían las facultades o es cierto que se aclaran".

Dijo que la mayoría de las personas desconoce las actividades y facultades de un corredor público, entre las que destacan intervenir en temas y actos mercantiles; tener facultades para representación orgánica; otorgar poderes y valuación, entre otros.

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