Reforman Ley Federal Sobre Monumentos Y Zonas ArqueolóGicas

México, 13 Jun. (Notimex).- La Secretaría de Educación Pública emitió tres decretos que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materias de sanciones, de patrimonio cultural subacuático y de procedimiento de declaratorias.

En el primero de los documentos publicados en el Diario Oficial de la Federación, se menciona que se castigará a quien realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles.

Asimismo, en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

A quien efectúe cualquier acto traslativo de dominio de un monumento arqueológico mueble o comercie con él y al que lo transporte, exhiba o reproduzca sin el permiso, y al que ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico o un monumento histórico mueble también será sancionado.

De igual forma, a quien por cualquier medio pretenda sacar o extraiga del país un monumento arqueológico, artístico o histórico, sin permiso del Instituto competente. Para estos delitos, se les impondrán sanciones de tres a 10 años de prisión y de mil a cinco mil días de multa.

En otro decreto, precisa que serán patrimonio cultura subacuático los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto con su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos localizados en la zona marina del país.

También su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural; y los objetos de carácter prehistórico, y que hayan...

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