La responsabilidad de las personas jurídicas

AutorMoisés Castro Pizaña
Páginas8-8

Page 8

A partir de los compromisos internacionales suscritos por México en materia de combate a la corrupción y a la delincuencia organizada, se identificó la necesidad de incluir en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) un capítulo específico para responsabilizar penalmente a las personas jurídicas, en aquellos delitos cometidos a su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen, cuando se haya determinado que además existió inobservancia del debido control en su organización.

En el CNPP se regula la forma en la que serán investigadas, imputadas, vinculadas a proceso y, en su caso, sancionadas penalmente las empresas que no cumplan con la obligación de establecer efectivos controles para la prevención del delito.

Esto implica que las empresas que no establezcan controles al interior de su organización destinados a la prevención del delito, conforme los riesgos penales de sus procesos de negocio, o que teniéndolos no puedan probar a la autoridad penal que existen y que son eficaces, serán penalmente responsables, con independencia de la responsabilidad penal que resulte para las personas físicas, cuando éstas come-tan delitos a nombre de la empresa, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen.

El Ministerio Público está facultado, dentro de la etapa de investigación, para asegurar bienes o cuentas bancarias a la empresa denunciada y para solicitar al juez de control la aplicación de alguna o varias de las medidas cautelares consistentes en la suspensión de actividades, clausura temporal de los locales o establecimientos, así como la intervención judicial.

Incluso, de considerarse...

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