Más enredos legislativos

AutorErnesto Villanueva

Primero. Los medios públicos fueron las vías de formación de ciudadanía en Europa, donde la radiodifusión privada era accesoria. Hoy cada sistema tiene un nicho de mercado más o menos igual, lo que fue posible por el desarrollo del estado de derecho, el empoderamiento de la sociedad y la vulnerabilidad de los gobernantes y políticos. Exactamente lo contrario a lo que sucede en México.

Para nadie es extraño que los medios de gobierno difunden información que fomenta el culto a la personalidad y a la obra del gobernante en turno, y cuando transmiten buenas producciones su audiencia es escasa por lo limitado de su presupuesto y lo restringido de sus alcances. Las nuevas leyes derivadas de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones hacen gala de su gatopardismo; es decir, cambian todo para que las cosas sigan igual. Las dependencias, entidades, órganos y organismos públicos han ganado ahora para sus medios nombre y apellido, su derecho a la identidad. Pero sólo eso.

Segundo. El artículo 86 de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión dispone: "Los interesados en obtener una concesión sobre el espectro radioeléctrico para uso público para prestar el servicio de radiodifusión presentarán solicitud en la que deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 85 de esta ley, dentro del plazo establecido en el programa anual de uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias. En dicha solicitud deberán precisarse los mecanismos para asegurar la independencia editorial; autonomía de gestión financiera; garantías de participación ciudadana; reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas; defensa de sus contenidos; opciones de financiamiento; pleno acceso a tecnologías y reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales.".

De primera impresión, pareciera que todos los medios de radiodifusión cuyas concesiones sean solicitadas por una instancia gubernamental serán públicos. La realidad no es así. Basta con que un gobierno, mediante un fideicomiso privado, dé vida a una sociedad anónima para que pueda optar por una concesión privada, con menos ataduras y más impacto. No hay prohibición expresa ni sanción ejemplar para quien lo haga. ¿Qué pasará con los actuales medios del Congreso de la Unión y del Poder Judicial, así como con los canales 22 y 11, además del Imer? No se sabe a ciencia cierta, y esto será tema de interpretación judicial porque en los artículos transitorios de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR