El Senado aprobó una reforma "tramposa" y "anticonstitucional"

AutorJenaro Villamil

Un auténtico catálogo de irregularidades, violatorias a los artículos 6 y 7 de la Constitución, así como de "trampas" legislativas, contiene la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada fast track por el Senado el 26 de octubre y publicada el 31 de octubre en el Diario Oficial de la Federación para favorecer a los concesionarios de radio y televisión y dejar desprotegidas a las audiencias.

La reforma también cancela toda posibilidad de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pueda ejercer su papel de "organismo garante" de la protección de los derechos de las audiencias.

Entre las trampas, el decreto publicado el 31 de octubre establece en el transitorio número dos que "se abrogan las disposiciones reglamentarias y administrativas que se opongan al presente decreto", cuando normalmente las reformas legislativas "sólo derogan y no abrogan" las leyes, reglamentos o lineamientos, según destacó la abogada especializada en telecomunicaciones Irene Levy.

La directora de Observatel destacó que esta trampa pretende abrogar los lineamientos en defensa de los derechos de las audiencias que emitió el IFT y que fueron suspendidos a principios de este año por el pleno de comisionados, ante las presiones de Televisa, TV Azteca y las principales estaciones de radio.

Las presiones surgieron porque los concesionarios acusaron al instituto de pretender "censurar" los contenidos en radio y televisión, sobre todo en los espacios informativos, al estipular en sus lineamientos que las estaciones de radio y televisión deben distinguir entre opinión, información y publicidad pagada, así como garantizar la veracidad y pluralidad de sus transmisiones.

"Esto de abrogar no existe. Un decreto no puede abrogar los lineamientos del IFT. Con este transitorio, los concesionarios pretenden presionar no sólo al organismo regulador, sino también a la Suprema Corte de Justicia, que aún debe definir sobre las dos controversias constitucionales que interpusieron el Ejecutivo federal y el Senado", abunda Levy en entrevista.

-Los legisladores y especialistas que apoyaron la Ley Televisa-Döring afirman que automáticamente las controversias constitucionales quedan sin efecto. ¿Es correcto? -se le pregunta.

-Las controversias constitucionales están vivas. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene que entrar al fondo del asunto. Y el fondo es si el IFT tiene o no facultades para velar por los derechos humanos de las audiencias, tal como establecen los artículos 6 y 7 de la Constitución. El IFT debe mantener suspendidos los lineamien-tos, pero no abrogarlos.

La comisionada del IFT, Adriana Labar-dini, quien ha defendido los lineamientos en materia de derechos de las audiencias, dice que el organismo regulador "es el garante de los derechos humanos de las audiencias, tal como lo estableció la propia...

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