Senado Aprueba Reformas a Ley Reglamentaria Del Servicio Ferroviario

*Regresan a San Lázaro esa minuta y reforma a Ley de Aviación Civil

México, 14 Dic (Notimex).- El pleno del Senado de la República aprobó en lo general los artículos no reservados del dictamen del proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

Con 71 votos a favor y 31 en contra se aprobó en lo general los artículos no reservados de este dictamen de la minuta, que pretende hacer del ferrocarril el medio de transporte que coadyuve al desarrollo regional del país para que a través de su modernización sea competitivo, eficiente y de bajo costo para los usuarios del servicio.

Los senadores de las fracciones de los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), principalmente, se reservaron para la discusión en lo particular los artículos 6 bis, 46, 31 bis, 31, 35 bis y 36, después de las votación se inició la presentación de las reservas.

De ser rechazadas las reservas y avalada sin cambios, este proyecto de decreto se enviará al Ejecutivo federal para su publicación y promulgación; de lo contrario se regresaría a la Cámara de Diputados para analizar y discutir los cambios propuestos por el Senado.

Lo que se establece con la reforma a los Artículos 1, 6, 15, 21, 35, 36, 46, 47, 53, 59 y la adición de los artículos 15, 21 y 35, todos de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, es la garantía de interconexión en las vías férreas, así como procurar las condiciones de competencia en los servicios que ofrece este transporte.

También se dan las bases para la aplicación de tarifas que los concesionarios y permisionarios fijarán libremente, en términos que permita la prestación de los servicios en condiciones satisfactorias de calidad, competitividad, seguridad y permanencia.

Establece una multa de mil a 20 mil salarios mínimos, cuando los concesionarios o permisionarios apliquen tarifas distintas a las registradas ante la SCT o si éstas no se aplican en igualdad de condiciones a los usuarios para servicios comparables.

En caso de reincidencia, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) podrá imponer una multa equivalente hasta el doble de las cuantías indicadas.

Se indicó que le corresponde a esa dependencia garantizar la interconexión en las vías férreas cuando sean generales de comunicación; establecer las condiciones y contraprestaciones en los casos en que los concesionarios no lleguen a un acuerdo.

También esta dependencia federal...

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