Sesenta años de cárcel a cuatro militares por desaparición y homicidio

AutorVerónica Espinosa

ZACATECAS, ZAC.- La sentencia emitida el sábado 13 en la sala de oralidad del Centro de Justicia Penal Federal contra cuatro militares, encabezados por el coronel Marín Pérez Reséndiz, fue terminante: se les declaró culpables de delitos contra la administración de la justicia, desaparición forzada y de los homicidios de siete civiles en julio de 2015.

Los cuatro recibieron la máxima pena, 60 años de prisión, en el juicio civil que duró tres años (causa penal 43/2015).

Comandados por el coronel Pérez Reséndiz -del 97 Batallón de Infantería asentado en Fresnillo y quien presumía su amistad con el titular de la Sedena, general Salvador Cien-fuegos-, los sentenciados participaron en un operativo el 7 de julio de 2015 en el municipio de Calera.

Llegaron de madrugada a la casa de la calle Francisco I. Madero 106 y, pese a no tener jurisdicción, realizaron un cateo en busca de un "jefe de plaza" del narco en ese domicilio.

El coronel y sus subalternos: el capitán segundo de Infantería José Manuel Castañeda Hernández, el teniente de Infantería Víctor Manuel González Aldrete y el subteniente Juan Ordóñez Prado levantaron, torturaron y asesinaron a siete personas, presuntamente del Cártel de Jalisco Nueva Generación: un adulto, cuatro muchachos de entre 15 y 17 años y dos mujeres (Proceso 2021).

Durante el proceso acusatorio, algunos testigos, entre ellos varios militares, expusieron que González Aldrete y Ordóñez Prado fueron quienes dispararon contra los siete ocupantes del domicilio cateado.

Para emitir su fallo, el juez de Distrito con carácter de Tribunal de Enjuiciamiento en este centro de justicia federal se apegó al artículo 25 del Código Penal Federal para evitar exceder la pena de 60 años, puesto que el desglose inicial de las sentencias individuales sumó más de 200 años para cada uno de los cuatro militares juzgados.

A Pérez Reséndiz y Castañeda Hernández, acusados de participar como auxiliadores en la comisión de homicidio calificado, los fiscales les habían impuesto una pena de 22 años por cada uno de los siete homicidios, tres cuartas partes de la pena máxima de 30 años que establece el Código Penal Federal.

Por lo que atañe a González Aldrete y Ordóñez Prado, coautores materiales, las penas impuestas eran de 30 años por cada víctima; es decir, 210 años de prisión.

Tres de los cuatro militares recibieron también una sentencia condenatoria de cinco años y seis meses de prisión y una multa de mil días de salario mínimo por delitos contra...

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