A tres años de la muerte de Macarena Valdés. Informe de perito de la CPI demuele la tesis del suicidio de la activista mapuche

AutorFrancisco Marín

VALPARAÍSO, CHILE.- La investigación de la muerte de la activista medioambiental Macarena Valdés, el 22 de agosto de 2016 en su casa de la comunidad mapuche Newen, sufrirá un vuelco cuando se conozca el informe del forense británico John Clark, emitido el pasado 12 de agosto y titulado Comentarios sobre la muerte de Yudy Macarena Valdés Muñoz.

En dicho estudio -que Proceso divulga en exclusiva- se descarta que el suicidio sea la causa más probable de la muerte de la activista, con lo que se rebate lo expuesto por el Servicio Médico Legal (SML) en la autopsia realizada inmediatamente después del deceso. Allí se sostuvo que ella falleció de "asfixia por ahorcamiento" sin participación de terceros.

Defensa del territorio mapuche

Valdés y su pareja, Rubén Collío, encabezaban la resistencia contra un proyecto hidroeléctrico que se instalaba, con dudosa legalidad, en el entorno de su comunidad mapuche.

La Fiscalía, con el evidente afán de ratificar la tesis del suicidio y cerrar el caso, entrevistó a familiares de Macarena Valdés que no tenían cercanía con ella, a quienes preguntó si la activista tenía problemas psicológicos o motivaciones suicidas. Fruto de estas entrevistas, la autoridad concluyó que la fallecida padecía de depresión.

La supuesta depresión y el informe de autopsia del SML dieron pie a que la Fiscalía de Panguipulli (a cargo de la investigación) cerrara rápidamente la causa, sin culpables y estableciendo el suicidio.

Sin embargo, el 21 de agosto de 2017, cuando se cumplía casi un año del deceso de la activista, esa Fiscalía reabrió el proceso y ordenó la realización de una segunda autopsia. Hizo esto tras el revuelo provocado por un metanálisis forense, firmado por el renombrado médico forense chileno Luis Ravanal Zepeda, contratado como perito por la familia de Valdés.

En dicho informe -en que se analizó toda la información disponible sobre el caso, especialmente la primera autopsia y las pericias realizadas en el terreno por la Policía de Investigaciones (PDI)- se verificó que la causa de muerte establecida por el SML (asfixia por ahorcamiento) "no se fundamenta en hallazgos autópsicos objetivos e indubitados", puesto que el SML no demostró "que el cuerpo haya sido suspendido vivo, por cuanto en ninguna de las descripciones referentes al surco y tejidos cervicales, se describen signos de vitalidad", esto es, que hayan sido provocados estando viva la afectada.

Ravanal, único médico legista latinoamericano que forma parte del directorio de la Asociación Mundial de Medicina Legal, indicó en su metanálisis que en casos de...

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